martes, agosto 08, 2006

AMLO vs. La Constitución y el COFIPE

López Obrador ha declarado no una, varias veces que “Ley que no es justa no sirve. La ley es para el hombre, no el hombre para la ley. Una ley que no imparte justicia no tiene sentido”. Pero ¿puede LO ser él quien decida que ley es o un justa? Y más importante aún, ¿Puede LO contender a la presidencia de la República y abstraerse de las leyes y peor aún la ley de leyes: La Constitución? En el juramento de toma de posesión el presidente jura hacer respetar la Constitución y las leyes que de ella emanan ¿Puede un candidato a la presidencia no respetar la Constitución?...

El señor López Obrador ha violado sistemáticamente la Constitución, veamos como:

El Artículo 81. A la letra dice “La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral.” Esto quiere decir que LO para poder ser candidato o elegible para presidente de la República Mexicana debe, de entrada, aceptar acatar este artículo en especial lo relativo a “en los términos que disponga la ley electoral”, es decir la propia Constitución y la ley reglamentaria de las elecciones: Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales o COFIPE. Entonces, resulta evidente que el señor López y Obrador y no sólo él, todos los ciudadanos que quieran ser contendientes a la elección presidencial deben de aceptar lo dispuesto por la propia Constitución primera y de ley reglamentaria, si no la acata, el señor viola la Constitución y no puede contender, es decir, debe y puede excluírsele de la contienda.

El Artículo 41 de la Constitución es el que trata del tema de la organización de las elecciones federales función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral.

En su primer párrafo a la letra dice: “El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que le determine la ley,( …) preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez” Por tanto, según la Constitución “los cómputos en los términos que señala la ley” y esta ley es el COFIPE.

Ya no vamos a escribir del procedimiento establecido en el Artículo 118 al 233 que regula el proceso de escrutinio y cómputo, el levantamiento de actas, sólo mencionaremos que en las actas se asienta: : a) El número de votos emitidos a favor de cada partido político o candidato; b) El número total de las boletas sobrantes que fueron inutilizadas; c) El número de votos nulos; d) Una relación de los incidentes suscitados, si los hubiere; y e) La relación de escritos de protesta presentados por los representantes de los partidos políticos al término del escrutinio y cómputo.

En el levantamiento del acta, puede haber algunos errores, que realmente no lo son, por ejemplo: Hay una votación total mayor que las boletas depositadas. Las explicaciones pueden ser sencillas: hay ciudadanos que se llevan la boleta y otros que se equivocan de urna. No hay manera de saber quienes fueron. En el caso inverso (votación total menor a boletas depositadas) estamos, muy probablemente, ante una omisión del secretario de la mesa de casilla que olvidó colocar el sello con la palabra "votó" en el recuadro de la lista nominal de electores de cada ciudadano que acudió a votar.

También puede darse el caso de que votación total más las boletas sobrantes es mayor al número de boletas recibidas; y el inverso. La fuente del error podría ser que las secciones electorales tienen como máximo teórico 1,500 electores, pero por cada 750 se debe instalar una casilla. Pero hay miles de secciones que superan el máximo, lo que obliga a tener más de dos casillas por cada una de ellas -una básica y otras contiguas, estas casillas se instalan juntas, y no es nada difícil que los electores se equivoquen de casilla y depositen su voto en donde no les corresponde.

Sin embargo, en ningún caso queda afectado el número de votos emitidos a favor de cada partido político o candidato aún en el caso que se equivoque el elector y deposite en la urna de la casilla equivocada, el voto será tomado en cuenta. Esto es incuestionable.

Para el siguiente proceso el conteo casilla por casilla éste está regulado por los 248 al 250 en donde claramente especifica bajo que condiciones se volverán a abrir los paquetes electorales para recontar los votos, estas son: a) Si las actas que tiene el presidente del Consejo Distrital y el acta contenida en el expediente de la casilla no coinciden. b) Se detectaren alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla, o no existiere el acta de escrutinio y cómputo y c) Cuando existan errores evidentes en las actas, el Consejo Distrital podrá acordar realizar nuevamente el escrutinio y cómputo. Este último es el punto en cuestión sobre los errores arriba referidos, sin embargo como la ley lo establece “podrá acordar” aquí los Consejeros del IFE no consideraron que los errores aritméticos fueran importantes y el TEPJF sí, y por ello se llevaron una reprimenda. Sin embargo, debe quedar claro, como se anota arriba, que estos errores no deberán incidir en el resultado final pero como estableció el Tribunal, con el fin de “construir certeza” se abrirán y recontarán los votos.

Por supuesto, los partidos políticos pueden no estar conformes con los resultados proporcionados por el IFE y para esto la Constitución prevé en el propio artículo 41 de la Constitución establece en su inciso IV. Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votados y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución.

Y, en el artículo 99 referido se establece a la letra:

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:
I. Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores;
II. Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.

La Sala Superior realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos;

Así, no obstante que la Constitución establece claramente el cauce legal para las inconformidades de los partidos políticos, la CBT y LO han decido seguir cauces extralegales, en forma de “Resistencia Civil” con el único objetivo de presionar a los siete magistrados del Tribunal para que resuelvan, no como está establecido en la propia Constitución y la ley reglamentaria del COFIPE, sino como ellos creen que deben de resolver.

Resulta además desconcertante y contradictorio que no obstante su clamor y exigencia de voto x voto para todas las casillas, no impugnó todos los distritos electorales ni cuestionó la totalidad de las casillas instaladas para la elección de Presidente de la República. Esto bastaría para considerar inatendible su pretensión de recuento generalizado de la votación en todas las casillas (130,477). Sólo impugnó 174 distritos electorales por lo que implícitamente avaló los otros 126. LO ha afirmado que los magistrados actuaron con criterio estrecho pero ¿Cómo quería que la sentencia fuera más amplia si ni siquiera la impugnó? La CBT sabe perfectamente que en materia electoral no se permite ampliar la demanda originalmente presentada. Entonces ¿Por qué de su “Resistencia Civil”? No se entiende, por un lado legalmente sólo impugnan 40,800 casillas y de ellas sólo 21,789 fueron por dolo o error en los cómputos y por el otro arman su mitote y pide el recuento de todas las casillas. Por este motivo en la sentencia del Tribunal “su pretensión no podría prosperar, al no encontrarse la causalidad entre los hechos narrados y las supuestas irregularidades generalizadas de los cómputos de casilla y distritales a que alude la actora, sin que aquí se afirme, desde luego, que los hechos narrados por la Coalición para este efecto estén probados, o que no lo estén.”

Y concluye la sentencia con,

“En las tales condiciones, lo procedente es desestimar la pretensión de la Coalición por el Bien de Todos, consistente en el recuento de la votación recibida en la totalidad de las casillas instaladas en los trescientos distritos electorales, para la elección de Presidente de la República.”

Además esta sentencia es como establece la Constitución: Definitiva e inatacable, es decir, ya es punto y aparte. Y por tanto, no existe jurídicamente la menor posibilidad de que se de el recuento total.

Resulta más contradictorio para LO que él mismo en sus”50 Compromisos para Recuperar el Orgullo Nacional” A la letra establece en el Compromiso 48:” Acataremos las resoluciones del Poder Judicial.” Pero evidentemente no es congruente y no lo está cumpliendo. Ha incumplido con su palabra… una vez más.

Estamos en un país demócrata sí, pero la democracia implica que los contendientes tienen que sujetarse a la Constitución y a la ley reglamentaria. El Artículo 81 es muy claro al respecto la contienda democrática es “en los términos que disponga la ley electoral.” No en los términos exigidos por un candidato.

El señor LO y la CBT han contravenido, a la Constitución, a la Ley reglamentaria y ahora desacatan al propio Tribunal con sus manifestaciones y declaratorias de fraude y su “Resistencia Civil Pacífica” cuyo único fin claro es introducir presión a las instituciones y al Tribunal (que de poco les ha servido).
Pero su violación a la Constitución y las leyes reglamentarias no sólo son en el ámbito electoral, en efecto, la Constitución permite la libre manifestación de ideas tal y como el Artículo 6 lo establece “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público”. Aquí claramente se están violando derechos de terceros y no solamente el del libre tránsito, consagrado en el Artículo 11 sino los graves perjuicios que están causando a tantos negocios y tanta gente, que tienen el derecho de trabajar. Además de que se está perturbando el orden público al bloquear el libre tránsito de una de las principales avenidas de la Ciudad de México Adicionalmente la propia ley reglamentaria creada por el mismo AMLO, El Bando 13 que en su inciso g) Establece “No permitiremos el bloqueo de avenidas o vialidades primarias que desquicien el tráfico, eleven la contaminación y afecten el libre tránsito de terceros “ Adicionalmente, debo decir que no considero que los actos de “Resistencia Civil” de AMLO sean pacíficos, no tiene nada de pacífico secuestrar una ciudad, impedir el libre tránsito, afectar los derechos de otros, eso es violencia.

Así queda demostrado que la CBT y el candidato AMLO, han desacatado la Constitución, la ley reglamentaria electoral del COFIPE, y el propio Bando 13 que regula las marchas y plantones en la Ciudad de México.

Ya la CBT y AMLO ha hecho un enorme daño al país y a la Ciudad de México. La pregunta es ¿Podrán seguir impunemente haciendo lo que les venga en gana? ¿La ley está para acatarse sólo si me gusta o favorece? Y la más importante, ¿Puede un candidato desacatar las reglas de la democracia expresadas en la propia Constitución y las leyes reglamentarias… A menos que lo que queramos es un dictador, en que él y sólo él sea la única ley la respuesta es NO.

8 comentarios:

  1. Llegué aquí desde el blog de Toncha, donde he leído varias discusiones interesantes entre tú y ella. Saludos.

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  2. Anónimo5:50 p.m.

    Muchas felicidades por tu sitio y por tu facilidad de escritura. Soy una lectora frecuente que coincide con tu visión de México.

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  3. Anónimo10:32 a.m.

    Para refrescar tu memoria:

    La intervencion de Fox en la eleccion utilizando los recursos publicos viola la constitucion.
    Las mentiras, insultos y demas estupideces utilizadas por los Panistas en sus anuncios violan la ley electoral.
    La omision del IFE al no detener ese tipo de anuncios es una violacion a la ley.
    Con que autoridad hablas de respeto a las leyes si tu avalaste esas violaciones e incluso tu mismo las violaste cuando en este mismo sitio acusas a AMLO de ser un peligro para mexico.
    Me gustaria saber si tu mismo pasas una revision fiscal apegada a la ley para ver que tan respetuoso de la ley eres.
    Por si no te has dado cuenta vivimos en un pais donde no se respeta la ley o se te olvida que a nivel nacional solo se castigan alrededor del 5 % de los delitos denunciados?, se te olvida que hay toda una red de delincuencia organizada y que publicamente el procurador general de la republica ha dicho que no puede atacarla? se te olvida de los grandes fraudes cometidos contra el pais como los negocios ilicitos de los hijos de la domadora de Fox el mandilon?, puedes mencionar alguien que este en la carcel por los fraudes del Fobaproa?.

    Ante todo esto no se como puedes hablar de respeto a la ley.

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  4. Estimado Anónimo

    El Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
    administrativa

    y el

    Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia.

    Creo que Fox, el CCE, y el que le de su gana tiene derecho a manifestar sus ideas.

    ¿Cúales mentiras e insultos? Comparalo con Chávez ya lo estamos viendo era cierto, que es un peligro, lo está demostrando, lo es, que es un caudillo tipo Mussolini lo es.

    Y si yo pienso que MALO es un peligro para México, o Calderón o quien sea, lo puede expresar por que este es un país libre.

    El peje si puede decir lo que quiera contra Fox, y este no puede defenderse. Eso no se vale.

    El peje compró votos con su 20% de aumento inmediato a tus ingresos. Eso de ofrecer $ a cambio de tu voto si que es inequitativo. Y si que esta tipificado como delito electoral.

    Y si cumplo con las leyes, y me cuesta mucho dinero poder cumplirlas por que tengo que pagar fiscalistas, auditores, abogados para que pueda pasar cualquier revisión fiscal.

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  5. Anónimo12:50 p.m.

    Lo peor de lo peor, es como vemos que pasan los sucesos ante nuestros ojos y no podemos hacer nada, en donde podemos alzar la voz y ser escuchada, los ciudadanos no queremos que esta bola de nieve siga creciendo, ya es hora que los tribunales se pronuncien en contra del Lopez, estamos esperando la sentencia hacia este señor, esperamos que se aplique la ley como debe ser, de lo contrario será incontrolable, se saldrá de cauce la legalidad el orden y la sociedad misma, esto esta yendo muy lejos, debe la autoridad de tomar una decisión inmediata en contra de este movimiento insurrecto y ventajoso, porque tal parece que no hay ley.
    Que podemos hacer los otros ciudadanos aparte de nuestra prudencia y buen comportamiento en contra de esta situación?
    Si alguien sabe por favor haganosla saber.

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  6. ¿Cúales mentiras e insultos? Comparalo con Chávez ya lo estamos viendo era cierto, que es un peligro, lo está demostrando, lo es, que es un caudillo tipo Mussolini lo es.

    **********************************

    Para mi es otro C A S T R O

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  7. Rodolfo ... Me sacaron de mis casillas , disculpame me vi bien mal ....

    Por otro lado jajajajaaj me da risa la toncha se imagina que vamos hacer plantones eso lo dije por decir me salio asi no mas por que me dio coraje

    Estare por ese lugar muchas gracias
    http://www.lupaciudadana.com.mx

    Eso es lo que me molesta de la gente que yo no los ofendi y ellos me dijeron cosas pero Total de verdad no me dolio

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  8. Anónimo11:26 p.m.

    el cofipe en uno de sus artículos dice " es derecho EXCLUSIVO de los partidos políticos el contratar tiempo en Radio y Televisión.............
    veo que aquí o son unos estúpidos ignorantes o son unos tramposos..............

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